De acuerdo a la Ley 21.456, publicada el 26 de mayo de 2022 que trata sobre el reajuste al monto del Ingreso Mínimo Mensual, entre otras materias relacionadas, se ha establecido un reajuste progresivo del Ingreso Mínimo Mensual en dos fases: comenzando en mayo del 2022 con un aumento de $350.000 a $380.000 y, luego, en agosto 2022, aumentando a $400.000. Además, esta Ley ha establecido un mecanismo para fijar un alza adicional a $410.000, de acuerdo con las condiciones económicas del país en enero 2023, esto es, en el caso de que la inflación acumulada a diciembre 2022 supere el 7% en 12 meses. En este sentido y dado que se acumuló un alza inflacionaria superior, corresponde el citado reajuste, con vigencia a partir del presente mes. Así mismo y en esta misma fecha, se reajusta el Ingreso Mínimo Mensual para menores de 18 y mayores de 65 años, como también el correspondiente para Fines no Remuneracionales estableciéndose en $305.851 y $264.282 respectivamente.
Por último, en la misma proporción deben ser reajustados montos de la Asignación Familiar
Topes Imponibles
Por otra parte, La legislación vigente establece que los topes imponibles para calcular las cotizaciones en el sistema pensiones y el seguro de cesantía deben reajustarse anualmente, cuando se registre una variación positiva del Índice de Remuneraciones Reales informado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y que cuando dicha variación es negativa, los valores deben mantenerse.
Según el INE, en el período noviembre 2021-noviembre 2022 el Índice de Remuneraciones Reales fue de -2,3%. Por esta razón, el tope imponible mensual para calcular las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, de salud y de ley de accidentes del trabajo seguirá siendo, por segundo año consecutivo, de 81,6 UF, mientras que en el caso del seguro de cesantía continuará en 122,6 UF.